La Corte Suprema falló a favor del exteniente coronel de Carabineros, Claudio Crespo, y ordenó a la senadora Fabiola Campillai eliminar de sus redes sociales todas las publicaciones que lo calificaban como «violador de derechos humanos», argumentando que estas vulneraban su derecho a la honra y constituían una acción de autotutela (siempre es la justicia quien determina culpabilidad). El fallo del máximo tribunal establece que no existe una sentencia penal firme que respalde las acusaciones de la parlamentaria, por lo que sus afirmaciones en redes sociales no pueden considerarse legítimas en el marco de la libertad de expresión.
Puntos Claves:
- Fallo de la Corte Suprema a favor de Claudio Crespo: El máximo tribunal acogió un recurso de protección presentado por el exoficial de Carabineros, quien denunció que las publicaciones de Campillai atentaban contra su derecho a la honra y buen nombre.
- Publicaciones sin respaldo judicial: La Tercera Sala de la Corte Suprema estableció que las acusaciones de la senadora contra Crespo carecen de sustento legal, ya que no existe una sentencia penal firme que lo condene por violaciones a los derechos humanos.
- Límites de la libertad de expresión: El fallo deja en claro que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y que debe ser ponderado con el derecho a la honra. Se enfatizó que los dichos de Campillai generaban un perjuicio injustificado contra Crespo, al etiquetarlo como culpable de delitos sin una resolución judicial definitiva.
- El fallo subraya el abuso del ciberespacio: La Corte Suprema advirtió sobre los peligros de utilizar redes sociales para afectar la reputación de una persona sin que exista un fallo judicial que lo respalde. Se argumentó que este tipo de publicaciones pueden ser una forma de «linchamiento mediático» que vulnera derechos fundamentales.
- Acción de autotutela inaceptable: El tribunal determinó que la conducta de Campillai se enmarca dentro de una autotutela, es decir, una forma de imponer justicia por cuenta propia sin recurrir a los tribunales, lo que es incompatible con el Estado de Derecho.
- Campillai acata el fallo y elimina publicaciones: El equipo de la senadora Fabiola Campillai confirmó que se ha cumplido con la orden de la Corte Suprema de eliminar las publicaciones en redes sociales que afectaban la honra de Claudio Crespo, sin emitir declaraciones adicionales sobre el tema.
- Implicancias legales para la senadora: La decisión judicial sienta un precedente sobre el uso indebido de redes sociales por parte de figuras públicas y deja abierta la posibilidad de futuras acciones legales si se reiteran publicaciones similares.
- Corte Suprema ratifica límites de la libertad de expresión: El fallo estableció que la libertad de expresión no es absoluta y que en este caso colisiona con el derecho a la honra, determinando que las afirmaciones de Campillai constituían una acción de autotutela que debía ser corregida.
La resolución de la Corte Suprema marca un precedente en la relación entre libertad de expresión y derecho a la honra, dejando en claro que acusaciones sin pruebas no pueden ser utilizadas para afectar la reputación de una persona en el ámbito público. Esta decisión también resalta la importancia del debido proceso y la presunción de inocencia en un Estado de Derecho, protegiendo a los ciudadanos de juicios mediáticos sin respaldo judicial.